Es en este entorno que un nuevo tratamiento se está implementando en Jujuy basado en la Colchicina.
Tomando como referencia estudios multicentricos de Canadá, Estados Unidos y países de Europa sobre el uso de Colchicina en 6000 voluntarios, en Fase 3 para pacientes ambulatorios, profesionales de la salud del Jujuy comenzaron a implementar este tratamiento compasivo en el hospital Paterson de San pedro de Jujuy.
Actualmente se utilizan varios medicamentos potenciales en diferentes etapas de la covid-19. Un posible fármaco de utilidad es la colchicina, una molécula comúnmente utilizada para tratar diferentes enfermedades como la gota y algunos síndromes autoinflamatorios como la enfermedad de Still del adulto, la enfermedad de Behçet o la fiebre mediterránea familiar, así como afecciones cardíacas.
El punto central de esta droga en el tratamiento de pacientes con covid-19 es porque la colchicina disminuye los síntomas asociados con respuesta inflamatoria y algunas manifestaciones clínicas como artralgia, dolor de cabeza e infiltrados pulmonares.
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Para la utilización de esta droga en pacientes con covid-19 se tienen en cuenta ciertos de inclusión:
- Hombres y mujeres, de al menos 40 años de edad, capaces y dispuestos a dar su consentimiento informado;
- Diagnóstico de infección por covid-19 en las últimas 24 horas;
- Ambiente ambulatorio (actualmente no hospitalizado o bajo consideración inmediata para hospitalización);
- El paciente debe poseer al menos uno de los siguientes criterios de alto riesgo:
– 70 años o más de edad,
– diabetes mellitus,
– hipertensión no controlada (presión arterial sistólica ≥150 mm Hg),
– enfermedad respiratoria conocida (incluido asma o enfermedad pulmonar obstructiva crónica),
– insuficiencia cardíaca conocida,
– enfermedad coronaria conocida,
– fiebre de 38.4 ° C en las últimas 48 horas,
– disnea al momento de la presentación,
– bicitopenia,
– pancitopenia o la combinación de un alto recuento de neutrófilos y un bajo recuento de linfocitos;
- La paciente no tiene potencial de procreación, definida como posmenopáusica durante al menos 1 año o quirúrgicamente estéril, o tiene potencial de procreación y practica al menos un método anticonceptivo y preferiblemente dos formas complementarias de anticoncepción, incluido un método de barrera (por ejemplo, hombre o mujer condones, espermicidas, esponjas, espumas, jaleas, diafragma, dispositivo intrauterino (DIU) durante todo el estudio y durante 30 días después de la finalización del estudio;
- El paciente debe ser capaz y estar dispuesto a cumplir con los requisitos de este protocolo de estudio.
Criterio de exclusión:
- Paciente actualmente hospitalizado o bajo consideración inmediata para hospitalización;
- Paciente actualmente en estado de shock o con inestabilidad hemodinámica;
- Paciente con enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crohn o colitis ulcerosa), diarrea crónica o malabsorción;
- Paciente con enfermedad neuromuscular progresiva preexistente;
- Tasa de filtración glomerular estimada (TFGe), utilizando la ecuación MDRD para todos los sujetos que se consideran para la inscripción, con un límite de
- Paciente con antecedentes de cirrosis, hepatitis crónica activa o enfermedad hepática grave;
- Paciente de sexo femenino que está embarazada o en período de lactancia o está considerando quedarse embarazada durante el estudio o durante 6 meses después de la última dosis de medicación del estudio;
- Paciente que actualmente toma colchicina para otras indicaciones (principalmente indicaciones crónicas representadas por fiebre mediterránea familiar o gota);
- Paciente con antecedentes de una reacción alérgica o sensibilidad significativa a la colchicina;
- Paciente sometido a quimioterapia para el cáncer;
- El investigador considera al paciente, por cualquier motivo, como un candidato inadecuado para el estudio.
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Este tratamiento, que si bien no es nuevo es uno más que se suma al listado de tratamientos compasivo en la provincia de Jujuy, específicamente en san pedro de Jujuy. Cabe aclarar que el concepto tradicional de acto médico compasivo, en su definición más tradicional, inspirada en el juramento hipocrático, el acto compasivo formaba parte de la actuación médica guiada por la obligación de procurar el beneficio al paciente, y con más razón, en las situaciones extremas.
Desde esta obligación moral de los médicos se puede hallar una justificación a la utilización de prácticas o productos que no formaban parte de la terapéutica “oficial” que se enseñaban en las cátedras, tenidas, en ciertos casos, por el “último recurso”, empleados para salvar la vida del paciente o mitigar su sufrir.
Hoy, dada la situación epidemiológica que estamos viviendo, son diferentes los tratamientos y ensayos fase 3 que se están implementando, con el fin de incrementar las esperanzas de las personas contagiadas.
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